viernes, 8 de noviembre de 2024

¿Y SI MIS HIJOS E HIJAS QUIEREN SECUNDAR UNA HUELGA.....?

 Ante la huelga nacional de estudiantes convocado por el Sindicato de Estudiantes el mes pasado han surgido una serie de dudas entre las familias en cuanto al procedimiento a seguir si nuestras hijas e hijos menores de edad quieren ejercer su derecho a huelga.

El derecho a huelga (o decisiones colectivas de inasistencia clase en señal de protesta) puede ejercerse desde 3º de la ESO. Los y las estudiantes de 1º y 2º de la ESO solo podrán secundar una huelga con autorización paterna o materna. Que no olvidamos que con este derecho hay obligaciones. 

En el Plan de Convivencia de nuestro centro, tenemos este procedimiento:

"6.3.3. Faltas colectivas de asistencia. Huelgas de alumnos. 
Según se recoge en el D. 32/2019 en el artículo 4.3.l, las faltas colectivas de asistencia de los alumnos desde 3º ESO a 2º BACH deberán ser comunicadas a la dirección del centro educativo. Esta comunicación deberá ser efectiva el día anterior a la convocatoria oficial de huelga, mediante una relación nominal para cada grupo-clase que será entregada en Jefatura de Estudios. 
Si se programa un examen en un día de huelga comunicado de forma legal y en el que los alumnos han ejercido su derecho a la misma de la forma indicada, éstos tendrán derecho a que se les repita en igualdad de condiciones tal y como se recoge en el art. 8 de la LODE, según la redacción dada por la disposición final primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 mayo, de Educación (LOE)."